domingo, 12 de agosto de 2007

LA COSTUMBRE JURIDICA RESUMEN DE CLASE

Una costumbre es una práctica social arraigada.

Generalmente se distingue entre buenas costumbres que son las que cuentan con aprobación social, y las malas costumbres, que son relativamente comunes, pero no cuentan con aprobación social, y a veces leyes han sido promulgadas para tratar de modificar la conducta.

La costumbre como fuente del derecho

Artículo principal: Derecho consuetudinario

Usualmente las leyes son codificadas de manera que concuerden con las costumbres de la sociedad que rigen, y en defecto de ley, la costumbre puede constituir una fuente del derecho. Sin embargo en algunos lugares, como Navarra, o en los países de aplicación del Derecho anglosajón la costumbre es fuente de derecho primaria y como tal se aplica antes (o a la vez) que la ley.

La costumbre jurídica tiene que cumplir dos requisitos:

  • El factor subjetivo u Opinio Iuris, que es la creencia o convencimiento de que dicha práctica generalizada es imperativa y como tal produce derechos y obligaciones jurídicas.
  • El factor objetivo o Inveterata Consuetudo que es la práctica de la costumbre en sí y que debe ser reiterada y unívoca.

En Derecho internacional la costumbre es una práctica generalizada y repetitiva de los estados y de otros sujetos del derecho internacional aceptada como derecho y obligada a través de lo denominado como expectativa de derecho. Tiene tanta validez como los Tratados internacionales, no existiendo ninguna prelación de fuentes entre ellas. La Costumbre es un derecho.Podríamos definir la costumbre como la repetición constante de ciertos actos o modos de obrar, dentro de una colectividad,con la convicción de su necesidad.

No obstante, hay que tener en cuenta los hechos que llevan a una práctica general y uniforme a ser considerada derecho por los sujetos del Derecho Internacional. Para que cristalice la "opinio Iuis" u elemento subjetivo resulta de vital importancia las acciones u omisiones que realizan Estados que son significativos de la comunidad internacional. Un ejemplo de ello lo tenemos en la entrada en vigor del Convenio de Naciones Unidas de Derecho del Mar, donde a raíz de la ausencia de ratificación del convenio por los países industrializados hubo que hacer una revisión de la IX parte del Convenio referente a la Zona Internacional de los fondos marinos. Hoy en día habría que señalar que Estados Unidos todavía no ha firmado un Convenio que rige las actividades de navegación en todo el mundo.

El Jurista Jiménez de Aréchaga ha señalado muy pertinentemente las especiales relaciones que Tratado Internacional y Costumbre tienen para el desarrollo normativo del Derecho Internacional.

La costumbre en sociología

Costumbre tiene un gran uso en Sociología como usos y costumbres (Ortega y Gasset), que son unos componentes de la Cultura en los Sistemas de acción, como Adaptación instrumental y, por tanto, parte de la Estructura social en el Funcionalismo. También es asimilable por similitud con conductas en Psicología social y en la Teoría sistémica.

Como componente cultural el Interaccionismo simbólico lo hace su objeto de descripción y explicación. Para la Teoría del conflicto y en contraposición a la difusión de nuevas leyes impuestas a una comunidad es la resistencia popular más importante contra el cambio.

Proceso de formación de la costumbres jurídica.

    • La costumbre primitiva: dice que la vida social del hombre fue regulada por las costumbres que aparecen en la infancia. Como únicas normas de conducta posterior mente cuando el hombre va tomando conciencia de su vida.

Hacen su aparición los usos y costumbres a través de los cuales reflejan formas de vida con inclinación normativa.

Convención del uso social en la costumbre jurídica:

Esta convención comprende 3 etapas a saber:

    1. La costumbre primitiva inanferenciada se depura y traslada hacia el campo más concreto del uso social.
    2. empieza a configurarse la costumbre jurídica en su elemento externo u objetivo, por ende se crea un habito social para la repetición continua de una conducta
    3. en virtud de q un uso colectivo se va repartiendo y acatando en un medio social determinado, surge en la comunidad el ( sentimiento de su obligatorialidad ).

Elementos de la costumbre:

Elemento externo u objetivo: consiste en el hecho extrinsico de reiterar una misma manera de actuar en el seno de una colectividad frente a un determinado estimulo de vida social.

Elemento externo u subjetivo: constituye la convicción vigente en la colectividad de determinada práctica que ha venido repitiéndose en forma constante y notoria por la generalidad de sus miembros.

Naturaleza de la costumbre jurídica:

Teoría de legislista: esta teoría explica que los actos humanos realizados por la costumbre son imprecisos,empriticos y razionales por lo que nada hay en ellos que los hagas coercibles.

Teoria que afirma el valor imtrisico de la constumbre como fuente del derecho:sostiene que la constumbre juridica es de tal naturaleza que tiene el valor imtrensico que es una fuente del derecho indepedientemente de que la ley lo reconosca o no.

Teoria historica comparativa:esta teoria de la que es necesario atribuir acta doctrina y sobre todo acta juriprudencia,una importancia decisiva en la formación de la costumbre.

Costumbre juridica:

      1. nociones generales.

        1. sentido de la costumbre

  1. en sentido amplio:costumbre es cualquier uso o practica de la vida social.
  2. En sentido estricto:es un uso o practica popular que a adquirido valor o categoría juridica.

        1. bases de la costumbre:el habito,la imitación y la refleccion son la bases de la costumbre juridica en los individuos en la sociedad.

2.3 La jurisprudencia: comenzamos a decir que la jurisprudencia es un conjunto de fallos emitidos por el tribunal supremo de justicia.

Concepto etimologico: acorde a su consecuencia de los vocablos (prudentia iuris), representa (discernimiento del derecho) o procedencia del juez. Hoy por hoy la palabra jurisprudencia puede ser concebida de diversas maneras, no obstante siempre sea intrasecamente a unos parámetros conceptual fundaméntales. es decir un conjunto de jurista que se encarga de establecer las normas jurídicos que componen órganos judicial.

Función de la jurisprudencia: esta función tiene la misión de vigilar la estricta observación de la ley, y unificar la interpretación de ella.

Otra función de la jurisprudencia es establecer un procedente a dictar sentencias sobre un caso que pueda servir para la resolución de otro cambio similar.

La jurisprudencia sirve para suplir los vacíos legales ya que al dictarse una sentencia de un caso concreto se crea un precedente para otro valor de la jurisprudencia como fuente del derecho.

Partiendo del hecho de que, jurisprudencia ese razonamiento de modo reiterado i coherente que establece la corte suprema de justicia al momento de dictar sentencia.

Los jurisconsultos: dan por sentado que la jurisprudencia como fuente del derecho esta supeditada a la ley y a las costumbre, esto se considera fuentes directas del derecho y la jurisprudencia.

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